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Política de gestión de conflictos de intrés

DESCRIPCIÓN

El Banco Nacional de Guinea Ecuatorial (BANGE S.A.) en el marco de su actividad y en base a los artículos del 42 al 45 del Reglamento Nº 04/08 CEMAC/UMAC/COBAC tiene establecidas ciertas medidas tendentes a asegurar que los Conflictos de Intereses que pudieran surgir en la prestación de sus servicios sean gestionados y solucionados de manera justa y eficaz. Como proveedor de servicios financieros, BANGE no está exento de enfrentarse a Conflictos de Intereses reales y potenciales. Por esta razón, su política consiste en adoptar todas las medidas apropiadas para detectar, prevenir, adelantarse y/o gestionar los Conflictos de Interés que pudieran surgir en la prestación de cualquier servicio que esta entidad pone a disposición de su clientela, incluyendo aquellos causados por la recepción de incentivos de los clientes o por la propia remuneración del Banco. Además, se establece el canal y los procedimientos adecuados para informar sobre dichos Conflictos a los Clientes. El personal del Banco es responsable de asegurar que los sistemas, controles y procedimientos adoptados sean los adecuados para detectar, prevenir y/o gestionar los Conflictos de Intereses. El Departamento de Cumplimiento Normativo ayudará en el proceso de identificar y monitorear los Conflictos de Intereses reales y potenciales que surjan. En ningún momento esta política podrá sustituir las normas que, sobre el tema, publiquen los organismos reguladores nacionales o internacionales.

 

OBJETIVOS

Una de las prioridades de BANGE es establecer medidas apropiadas para detectar, prevenir y/o gestionar adecuadamente los Conflictos de Intereses que supongan un riesgo para los intereses de un Cliente y de la entidad misma. Esta Política refleja la obligación, a todos los niveles de la entidad, de tener no solo implantados, sino también de respetar los procedimientos y medidas adecuados para detectar, prevenir y/o gestionar cualquier Conflicto de Interés. Dado el sector al que pertenece BANGE, resulta muy necesario establecer una política general de prevención y gestión de los conflictos de interés que defina de manera clara las posibles situaciones que pueden ser identificadas como conflictos de interés entre el Banco y los miembros del Consejo de Administración, Comités Especializados, accionistas, empleados y clientes, así como entre dos o más clientes del Banco, entre los empleados entre sí, con sus proveedores o con cualquier otro tercero relacionado con la actividad del banco. Objetivos específicos:

  • Identificar, dentro de los servicios y actividades de la entidad, las principales circunstancias que den o puedan generar un Conflicto de Intereses.
  • Establecer medidas y procedimientos internos para gestionar las situaciones identificadas como posibles generadoras de Conflictos de Intereses y, en su caso, tratar de evitar en todo momento el perjuicio para el Cliente.
  • Especificar los procesos de comunicación a los Clientes en caso de producirse una situación de conflicto.
  • Determinar la documentación necesaria para la gestión, monitoreo y control a nivel interno del Banco.

 

ALCANCE DE LA POLÍTICA

Esta política se aplicará a toda la institución y se deberá tener en cuenta su contenido al momento de confeccionar y modificar las demás políticas, manuales, procedimientos, procesos o instrucciones del Banco. De manera específica, se aplicará a:

  • Las personas sujetas:
    • Accionistas, miembros del Consejo de Administración y de los Comités Especializados.
    • Empleados de BANGE.
    • Personal subcontratado.
    • Proveedores.
    • Clientes.
  • Las personas vinculadas a las personas sujetas:
    • El cónyuge, pareja de hecho o cualquier persona que pueda considerarse equivalente según la legislación vigente.
    • Familiares en primer grado por consanguinidad o afinidad (hijos y sus cónyuges, padres y sus cónyuges, hijastros, suegros, o cualquier persona que pueda considerarse equivalente según la legislación vigente). Para el caso de los Miembros del Consejo de Administración y de los Comités Especializados, se incluirán los hermanos y cónyuges de estos.
    • Otros familiares o personas cuyos vínculos supongan una comunidad de intereses.
    • Sociedades en las que Accionistas, Miembros del Consejo de Administración y de los Comités Especializados y empleados, o cualquiera de los familiares indicados en los puntos anteriores, directa o indirectamente, tengan una participación significativa que les otorgue el control (poseedor de la mayoría de los derechos de voto de la sociedad, el control mayoritario del órgano de administración o la dirección efectiva de la sociedad, tengan la facultad de nombrar o destituir a la mayoría de los miembros del órgano de administración, o hayan designado con sus votos a la mayoría de los miembros del órgano de gobierno en el momento de formular las cuentas consolidadas en los dos últimos ejercicios).
    • Personas que actúen como apoderados de Accionistas, Miembros del Consejo de Administración y de los Comités Especializados, empleados, de sus familiares o de las sociedades controladas.
  • Otras personas susceptibles de crear conflictos de interés con esta entidad:
    • Auditores de cuentas.
    • Autoridades Reguladoras (nacionales e internacionales). Todas las personas sujetas serán responsables de velar porque sus familiares y personas y entidades vinculadas cumplan con lo establecido en esta política.

DEFINICIÓN DE CONFLICTO DE INTERÉS

El conflicto de interés existe “cuando la imparcialidad de la actuación de las personas sujetas pueda resultar comprometida, a juicio de un observador neutral, y de ello pueda derivarse una merma en los intereses de un cliente, del propio BANGE, de sus accionistas y de otras personas sujetas”. En ocasiones, no es necesario que se produzca tal merma, es suficiente con que exista una posibilidad de que se produzca en el futuro. Sin embargo, no supone un conflicto de interés aquella situación en la que la entidad, en el ejercicio de su actividad habitual o en nombre de un cliente, pueda obtener un beneficio o evitar una pérdida actuando de acuerdo a las buenas prácticas bancarias, si no existe un posible perjuicio para el cliente o un tercero.

Durante el transcurso de sus funciones, es posible que un empleado tenga que enfrentarse a un conflicto de intereses que pueda comprometer o perjudicar su juicio profesional y su objetividad, o que dificulte de otra manera el desempeño de sus responsabilidades hacia el banco. Para percibir si está ante un posible conflicto, la persona sujeta tiene que evaluar la actuación de la siguiente manera: a) Percepción de la situación por los demás: ¿Si un tercero tuviera conocimiento de los hechos, podría entender que se ha dado un trato a favor o que se ha conseguido una ventaja? b) Propósito: ¿La actividad puede influir en la opinión del destinatario o en su opinión? c) Impacto: ¿La actividad puede perjudicar a BANGE o a una persona sujeta? d) Objetividad: ¿La actividad podría afectar a la capacidad objetiva al adoptar una decisión en el ejercicio de tu actividad laboral? e) Consideraciones temporales: ¿Podría afectar al tiempo requerido para desarrollar la actividad laboral?

 

IDENTIFICACIÓN DE LAS POSIBLES SITUACIONES GENERADORAS DE CONFLICTOS DE INTERÉS

Para poder dar cumplimiento a los objetivos marcados por esta política, será necesario la correcta identificación de las situaciones que potencialmente puedan degenerar en un conflicto de interés. Se tendrá que documentar adecuadamente todas las operaciones para su control interno e información necesaria para una explicación, en su caso, a los organismos reguladores y la correcta gestión de dichos conflictos de interés.

Las principales situaciones se pueden dar entre:

A. Entre BANGE y sus clientes

En determinadas ocasiones, la entidad podría obtener un beneficio financiero extraordinario o evitar una pérdida financiera a expensas del cliente. En estas situaciones, puede surgir un conflicto de interés. A continuación, se presentan las principales situaciones en las que se podría producir conflictos de interés:

  • Servicios prestados al cliente en los que la entidad tiene cierto poder de influencia sobre las decisiones de inversión del cliente.
  • Situaciones en las que la entidad tiene acceso a información no pública sobre clientes que la sitúe en situación de ventaja respecto al resto del mercado.
  • Casos en los que la entidad tenga potencialmente un interés distinto al del cliente en relación a la prestación de un servicio o ejecución de una operación por cuenta del mismo.

B. Entre distintos departamentos de la Entidad
Se dará una situación de conflicto de interés, cuando, uno o más departamentos manejen información necesaria para la tarea de otro departamento y este no sea remitido, lo que podría afectar en la calidad del servicio brindado al cliente.

C. Entre distintos departamentos de la entidad

El hecho de que los empleados también puedan actuar como clientes de la entidad hace que en contadas ocasiones puedan obtener un mayor beneficio actuando por cuenta propia que el resto de los clientes.

Las principales situaciones que podrían darse son:

  • Empleo de información privilegiada con fines personales por parte de los empleados de la entidad.
  • Adelantar operaciones personales a las de otros clientes en detrimento de estos.

D. Entre distintos clientes de la entidad

El hecho de prestar un mismo servicio a varios clientes puede permitir que en algún caso un cliente obtenga un trato preferente respecto al resto de los clientes, evitando que el servicio sea prestado equitativamente.

Las principales situaciones que podrían darse son:

  • En la recepción y transmisión de órdenes, en la gestión de créditos o facilidades de caja, se podría dar prioridad a las órdenes de determinados clientes frente a otros.
  • La entidad podría aceptar incentivos financieros o de otro tipo para favorecer los intereses de un cliente sobre los intereses de otro.
  • Prestar un mismo servicio o servicios relacionados a dos o más clientes con intereses contrapuestos o que sean competidores entre sí.

E. Entre empleados, familiares y relaciones anteriores

El hecho de prestar un mismo servicio a familiares puede permitir que en algún caso un cliente obtenga un trato preferente. De igual forma, las relaciones que puedan haber tenido los empleados con anterioridad también pueden generar conflictos de interés.

  • Un empleado (o, en su caso, un familiar o una relación personal estrecha) puede recibir un beneficio financiero u otra ventaja importante de naturaleza inapropiada como resultado de la posición del empleado en la entidad.
  • Un empleado tiene la oportunidad de influir en la entidad concediendo negocios o tomando decisiones administrativas de forma que redunden en un beneficio o ventaja personal para el empleado, familiar o relación personal estrecha.

 

MEDIDAS DE PREVENCIÓN Y CORRECCIÓN DE CONFLICTOS DE INTERÉS

A. Entre BANGE y sus clientes

Para prevenir y corregir las situaciones potenciales que puedan crear conflictos de interés, los responsables de la entidad tomarán las siguientes medidas:

  • Todos los empleados, al firmar el contrato, asumen un compromiso de honestidad y responsabilidad profesional por encima del cumplimiento de los estándares legales.
  • En el ejercicio de sus funciones, los empleados de esta entidad darán prioridad a los intereses de los clientes, actuando siempre con diligencia, lealtad, neutralidad y discreción.
  • Cada uno de los empleados de BANGE trabajará para reducir al mínimo los conflictos de interés entre la entidad y sus clientes, gestionándolos y resolviéndolos de la mejor manera posible.
  • Se garantizará la transparencia en las relaciones con la clientela, procurando la integridad en todas las actuaciones profesionales.
  • No se aceptarán regalos, invitaciones o incentivos. Con el fin de supervisar los posibles escenarios de conflicto de interés en relación a este último, el banco cuenta con medidas de control de obligado cumplimiento para todos los empleados.

B. Entre BANGE y sus proveedores

Los responsables de la entidad deberán:

  • Garantizar transparencia en las relaciones con los proveedores, procurando la integridad en todas las actuaciones profesionales.
  • Se evitará interferir en el proceso de toma de decisiones sobre proveedores, haciendo recomendaciones que tengan su origen en intereses personales o tratos de favor.
  • Evitarán en todo momento tener comportamientos que puedan comprometer la independencia, como la aceptación de favores u obsequios o el endeudamiento personal con proveedores.

C. Entre distintos departamentos de la entidad

Determinadas áreas de la entidad pueden estar implicadas en el mismo conflicto de interés debido a que tienen objetivos distintos respecto a sus clientes. Con el fin de evitar este tipo de situaciones, se deberán tomar las siguientes medidas preventivas:

  • Cada área tomará sus propias decisiones de manera imparcial y autónoma.
  • El cliente deberá estar informado en todo momento acerca de las decisiones de cada una de las áreas implicadas en su situación personal.
  • Si algún área cree que puede entrar en conflicto de interés con otra, deberá advertirle automáticamente de este hecho a la otra área y, del mismo modo, comunicarlo a la Dirección de Cumplimiento Normativo.

D. Entre empleados de la Entidad y la Entidad

Los empleados de la Entidad no podrán hacer uso de ningún tipo de información confidencial o privilegiada a la que puedan acceder por el desempeño de su actividad en la Entidad, para lograr una ventaja añadida bien para sí mismos o para familiares y/o personas allegadas.

Del mismo modo, los empleados siempre antepondrán el interés del banco a sus intereses propios.

  • Como representantes de la Entidad, los directivos deberán mostrar permanentemente una conducta pública acorde con los comportamientos sociales aceptados.
  • El desempeño de un cargo directivo en la Entidad supone un alto grado de responsabilidad, que debe verse reflejado, entre otros aspectos, en la plena dedicación de su tiempo a las funciones que desarrolle.
  • En las relaciones que se mantengan con los clientes, los empleados no podrán aceptar comisiones, regalos o atenciones de cualquier tipo que pudieran condicionar sus decisiones en el desarrollo de sus funciones. No obstante, no entran dentro de esta categoría los pequeños obsequios de clientes, de valor reducido, representativos de una atención o cortesía, y que sean una práctica normal dentro de las relaciones de negocio. Nunca debe aceptarse cantidad alguna en metálico.
  • No debe utilizarse el nombre de la sociedad para influir indebidamente en la realización de operaciones privadas.
  • BANGE espera de sus empleados una total confidencialidad y la utilización estrictamente profesional de la información, quedando limitado el uso de la misma únicamente para el desarrollo de su trabajo.
  • Los empleados deberán abstenerse de conceder, aprobar o ejercer influencia para que se aprueben financiaciones o negocios entre la Entidad y sus clientes en los que sus intereses personales puedan chocar con los de la Entidad.
  • Los empleados de la Entidad deberán aportar a los clientes soluciones eficientes a sus necesidades y problemas, así como ofrecer asesoramiento responsable, de acuerdo con las políticas definidas en cada momento por la Entidad.
  • No está permitido aprovecharse de las oportunidades de negocio de la entidad por tener acceso a información como empleado de la misma.
  • No se deben desarrollar actividades, por cuenta propia o ajena, que entrañen una competencia efectiva, ya sea actual o potencial, con la llevada a cabo por BANGE, o que impliquen un conflicto permanente con los intereses de BANGE.

En los casos en que no sea posible evitar dichas situaciones de conflicto de interés, los empleados deberán comunicarlo para que el banco asegure una adecuada toma de decisiones independiente.

Ante una actuación por parte del directivo o empleado que no se ajuste a los principios recogidos en la presente política o implique un incumplimiento de la misma, el banco, según las circunstancias, podrá adoptar las medidas correctivas que entienda oportunas en relación con dicho directivo o empleado.

E. Entre distintos clientes de la Entidad

En estos casos, es fundamental lograr un trato equitativo entre los clientes. Para ello, se tendrán en cuenta las siguientes precauciones:

  • No se revelará, bajo ningún concepto, a unos clientes las operaciones realizadas por otros.
  • No se estimulará la realización de una operación por un cliente con el objeto de beneficiar a otro.
  • En caso de conflicto entre clientes, se lo comunicará a los afectados, pudiendo desarrollar los servicios u operaciones en que se manifieste el conflicto si ellos lo consienten. Además, se deberá comunicar a la Dirección de Cumplimiento Normativo.
  • Se cumplirá, en todo momento, con las reglas que garanticen el trato justo y equitativo de los clientes.
  • No se aceptarán regalos, invitaciones, incentivos directos o indirectos que puedan influir en las decisiones del empleado con respecto a otros clientes.
  • Nunca se darán privilegios a ningún cliente sobre otro cuando entre ellos exista un conflicto de intereses.

F. Entre empleados, familiares y relaciones anteriores

Por norma general, los empleados deberán abstenerse de mantener relaciones personales financieras (por ejemplo, un préstamo) o cualquier otra relación (familiares, relaciones personales estrechas o intereses en negocios externos compartidos) con otro empleado que pueda interferir en el cumplimiento de sus obligaciones con la Entidad.

  • Cuando pueda producirse un conflicto de interés debido a la existencia de una relación familiar o de relación personal estrecha, la gestión de la operación y/o cliente deberá ser realizada por otra persona designada por la Entidad.
  • Se podrán aplicar sanciones a aquellas personas que traten de influir de forma indebida en la forma en que una persona competente desempeña su actividad cuando dicha influencia pueda ir en detrimento de una gestión adecuada de los conflictos.
  • En caso de vinculación familiar, económica o de otro tipo con clientes o proveedores, la persona afectada se abstendrá de tomar decisiones que puedan acabar en decisiones no objetivas.

G. Barreras a la información

Con el fin de evitar el intercambio de información privilegiada entre áreas que desarrollen actividades susceptibles de crear conflictos de interés en detrimento de sus clientes, este banco tomará la decisión de establecer “barreras de información” entre las mismas.

  • Estas se podrían concretar en:
    • Separación física de las áreas.
    • Establecimiento de medidas dentro de cada área que permitan tomar decisiones de manera independiente y objetiva.
    • Restricción del acceso a la información mediante contraseñas personales.

H. Medidas a nivel organizativo

Además de todo lo anterior, cada área deberá elaborar sus propias medidas que permitan mitigar o corregir los conflictos de interés que puedan surgir dentro de la misma y en detrimento de los clientes de esta entidad.

I. Política de Remuneración

Este banco dispone de una política de remuneración orientada a incentivar una conducta responsable y un trato justo a los clientes. Esta política ha sido diseñada para evitar los vínculos entre la retribución de los empleados que participan en la prestación de servicios y productos ofertados por la entidad, para evitar posibles conductas de solicitud de incentivos a los clientes para agilizar o mejorar sus operaciones o solicitudes.

Constituyen un incentivo todas y cualesquiera retribuciones monetarias o en especie aportados o recibidos de clientes o terceros por la prestación de servicios.

Como criterio general, esta entidad tratará en todo momento de garantizar que, en sus relaciones con sus clientes y/o proveedores, no se cobrarán o pagarán comisiones, ni se recibirán beneficios no monetarios que puedan impedir una actuación objetiva.

J. Otras medidas.

Cuando todo lo expuesto anteriormente no permita garantizar el grado indispensable de independencia, la entidad podrá adoptar otras medidas y acciones necesarias para la correcta solución del conflicto de interés identificado.

 

DETECCIÓN Y GESTIÓN DE LOS CONFLICTOS DE INTERÉS

7.1. El Consejo de Administración

El Consejo de Administración velará con atención particular la prevención de los eventuales conflictos de interés. El comité de Gobierno de Empresa estará a cargo de presentar propuestas al Consejo de Administración para la gestión del conflicto de interés, y del seguimiento y evaluación de un código ético de buena conducta. El banco se ha dotado de procedimientos que permiten evitar los conflictos de interés e informar al Presidente del Consejo de Administración de cualquier situación potencial de conflictos de interés con el banco.

7.2. Notificación de un Conflicto de interés

  • Todos los empleados deberán informar a la Dirección de Cumplimiento Normativo sobre los conflictos de interés en los que estén involucrados en el plazo más breve posible, y en todo caso, antes de tomar la decisión que pudiera quedar afectada por el posible conflicto de interés.
  • En caso de existir dudas sobre la posibilidad de un conflicto de interés, esta deberá ser consultada con la Dirección de Cumplimiento Normativo.
  • Para cualquier tipo de consulta o notificación se informará a través del correo electrónico conflictosinteres@bannge.com gestionado por la Dirección de Cumplimiento Normativo.

7.3. Registro de Conflictos de interés

La Entidad mantendrá y actualizará periódicamente un registro de todos los conflictos de interés, clasificándolos según el nivel de impacto en los intereses de una o más personas sujetas. En este registro se deberán detallar los procesos y medidas adoptados con relación a los conflictos de interés surgidos. Aquellos conflictos que surjan y que no estuvieran identificados como potenciales dentro de los escenarios analizados por las áreas de negocio, o bien hayan sido gestionados de una manera diferente a como inicialmente estaba previsto, serán comunicados a la Dirección de Cumplimiento Normativo, que analizará la propuesta de gestión y resolución y los incluirá en el registro de conflictos de interés. Adicionalmente, las áreas donde haya ocurrido el conflicto incluirán en sus procedimientos estos nuevos conflictos como potenciales. En el registro quedará constancia de manera clara, no manipulable y numerada correlativamente de la siguiente información: (i) Identidad de las Personas Afectadas que han estado expuestas al conflicto de intereses. (ii) Fecha en la que se ha originado el conflicto. (iii) Instrumentos o servicios a los que hace referencia el conflicto. (iv) Motivo de la aparición del conflicto y descripción detallada de la situación. (v) Descripción del proceso de gestión o solución de la situación.

7.4. Comunicación al Cliente

La versión íntegra de la presente Política estará a disposición del cliente en la página web corporativa de BANGE. Cuando se dé la situación, se informará al cliente de la siguiente manera: (i) La existencia del conflicto. (ii) La naturaleza general o el origen del conflicto. (iii) Los posibles impactos que podría tener en el marco de la prestación del servicio o la realización de la actividad de inversión correspondiente. (iv) Las medidas adoptadas con el objetivo de mitigar el conflicto de interés.

La revelación al cliente de la existencia de un conflicto de interés debe ser considerada como una medida de último recurso que, únicamente deberá ser empleada cuando las medidas organizativas y administrativas establecidas para prevenir o gestionar el conflicto no hayan sido suficientes para asegurar la prevención de los riesgos de perjuicio de los intereses de nuestros clientes.

 

RESPONSABILIDADES

La Dirección de Cumplimiento Normativo velará por:

  1. El cumplimiento de la presente Política.
  2. Mantener permanentemente actualizada la lista de ámbitos afectados, las actividades/servicios generadores de potenciales conflictos de interés.
  3. Efectuar recomendaciones para la adopción de las medidas organizativas necesarias para la prevención de la aparición de conflictos de interés que se puedan generar por el intercambio de información entre los distintos ámbitos del banco.
  4. Diseño de los programas formativos necesarios para la adecuada difusión y conocimiento por todos los miembros respecto a situaciones potencialmente generadoras de conflictos de interés.
  5. Actualizar y revisar los contenidos de la Política, la eficacia de las medidas preventivas y el efectivo cumplimiento de las previsiones sobre identificación de conflictos y comunicación de situaciones que no hayan podido prevenirse.
  6. Actualizar anualmente y difundir entre las personas competentes de su ámbito, el Inventario/Registro de potenciales conflictos de interés.

No obstante, la responsabilidad final del cumplimiento de esta normativa es de cada empleado, que ante una situación de conflicto de interés deberá proceder de acuerdo con lo que se indica en esta política.

8.1. Formación del personal

Los empleados recibirán la formación adecuada sobre la gestión y control de los posibles conflictos de interés. Transcurrido como máximo un mes desde la incorporación de un empleado, el responsable del departamento tendrá que entregar por correo electrónico o en físico la presente política.

8.2. Revisión, actualización y aprobación de la política

  1. La política de transparencia será sometida a un proceso continuo de revisión interno y control de calidad, y permanece siempre abierta a los comentarios del público. Está prevista una revisión formal anual, o bien, cuando existan en los reglamentos y leyes relacionados con la protección de datos que requieran una armonización de la presente política, así como cualquier otro cambio que esta entidad juzgue necesario y apropiado.
  2. En cumplimiento con el Reglamento COBAC R-2016/04 relativo al Control Interno, es el Consejo de Administración quien tiene la facultad de aprobar la política de transparencia, mientras que la supervisión y aplicación de la misma son competencia de la Dirección General. Los objetivos y principios de esta política tendrán que formar parte de las metas y actividades del banco y en todos sus niveles.
  3. Se dispondrá de todos los recursos necesarios para la correcta aplicación de esta política en todas las facetas de la organización. Dentro de esta entidad contamos con personal cualificado para impartir asesoramiento en esta materia.

Política de gestión de conflictos de intrés en el BANGE

Política de transparenciadel BANGE

1. DESCRIPCIÓN

El Banco Nacional de Guinea Ecuatorial (BANGE) ha redactado la presente Política de Transparencia para cumplir con el Reglamento COBAC R-2016/04 y la Ley Nº 1/2016, de fecha 22 de Julio, sobre protección de Datos Personales en Guinea Ecuatorial. La entidad otorga una gran importancia a este tema, no solo en cuanto a la información proporcionada al público y a los clientes, sino también como un pilar fundamental dentro de la organización del banco.

Dado el carácter de la actividad del BANGE, es imprescindible que los empleados de la entidad se relacionen con los clientes, reguladores, fiscalizadores, competidores y entre ellos mismos, con total transparencia. La transparencia constituye el fundamento de la relación con los clientes, y se establecen principios básicos que se reflejan en estándares de conducta y prácticas que facilitan relaciones de beneficio mutuo.

Esta política complementa todas las normas y políticas internas aplicadas en la entidad y debe leerse en relación con ellas.

2. OBJETIVOS

La Política de Transparencia tiene como objetivo reflejar las prácticas aplicadas en materia de transparencia en todas las actuaciones del Banco. Su propósito es proporcionar información clara y exhaustiva sobre la situación económica y financiera a los grupos de interés y al público en general, a través de la página web, estados contables, boletines informativos y otros medios. Esto les permitirá evaluar las fortalezas, debilidades, solvencia y nivel de exposición al riesgo de la entidad.

Como institución financiera, el BANGE busca ganar y mantener la confianza de sus clientes y accionistas. La política garantiza la protección de la información cuya divulgación atentaría contra los derechos e intereses legítimos de terceros y/o del BANGE.

Objetivos específicos de la transparencia en la información: a) Reducir la asimetría de información, proporcionando una difusión adecuada de la información relevante y suficiente para la toma de decisiones en todos los niveles de la entidad. b) Fomentar condiciones adecuadas de acceso del público a los servicios financieros ofrecidos por la entidad. c) Asegurar el desarrollo de buenas prácticas comerciales.

3. ALCANCE DE LA POLÍTICA

En cumplimiento del principio de transparencia, el Banco brindará información recomendada que considere relevante para el conocimiento del público en general, siempre y cuando no se vulnere la confidencialidad de la actividad del banco.

Esta política se aplica a todas las actividades bancarias propias del BANGE, desde la perspectiva de sus relaciones con las autoridades reguladoras, clientes, proveedores, auditores de cuentas, bancos corresponsales y terceros.

Se debe tener en cuenta el contenido de esta política al confeccionar y modificar otras políticas, manuales, procedimientos, procesos o instrucciones del Banco.

4. PRINCIPIOS BÁSICOS DE TRANSPARENCIA

A. Divulgación de información: Toda la información y documentos en poder del Banco son susceptibles de divulgación previa solicitud, a menos que exista un motivo imperioso para no hacerlo. Se denegará el acceso cuando la divulgación

pueda ir en contra de la protección de la intimidad y la integridad de las personas físicas y/o jurídicas, de acuerdo con la legislación nacional de protección de datos personales.

B. Igualdad de trato y no discriminación: Se garantiza la igualdad de trato y la ausencia de discriminación para todos los miembros del público que ejerzan su derecho a solicitar y recibir información en tiempo oportuno.

C. Acceso a información en proceso de decisión: Se denegará el acceso a la información o documentos elaborados por el Banco para uso interno o recibidos por el Banco que estén relacionados con una cuestión sobre la cual la institución aún no haya tomado una decisión. También se denegará el acceso si su divulgación perjudicaría gravemente el proceso de toma de decisiones del Banco.

D. Confidencialidad de opiniones internas: Se denegará el acceso a la información o documentos que contengan opiniones para uso interno en el marco de deliberaciones o consultas previas dentro del Banco o con otras partes interesadas. Esto se aplicará incluso después de que se haya tomado la decisión, siempre y cuando la divulgación de dichas opiniones perjudique gravemente el proceso de toma de decisiones del Banco.

E. Información de clientes solicitada por terceros: En el caso de solicitudes de información de nuestros clientes por parte de terceros:

  • El cliente deberá proporcionar una autorización escrita dirigida al Banco, certificando que el tercero solicitante puede recibir la información solicitada. Esta autorización no será necesaria en caso de requerimientos judiciales, donde la solicitud de información sobre un cliente provenga de la Autoridad Judicial Nacional.
  • Cuando las embajadas soliciten la certificación de un extracto bancario, la solicitud deberá ir acompañada de una autorización firmada por el cliente o algún otro documento firmado que contenga una cláusula en la cual el cliente autorice a la embajada a corroborar la información bancaria presentada.

F. Tramitación de solicitudes de información: Todas las solicitudes de acceso a información o documentos específicos serán tramitadas sin demora por el BANGE. En caso de que no sea posible conceder acceso total o parcial a la información solicitada, se proporcionarán los motivos de la denegación.

G. Colaboración con instituciones: El Banco colaborará estrechamente con instituciones como ministerios, embajadas y reguladores de la actividad para aclarar información relativa a sus clientes, así como para combatir el blanqueo de capitales y la falsificación de documentos públicos.

H. Actuaciones basadas en principios: Todo el personal del BANGE debe realizar sus actuaciones basándose en los principios que rigen la actividad del Banco.

I. Relaciones con los clientes: Las relaciones de los empleados del BANGE con cada uno de los clientes se desarrollarán en un ambiente estrictamente profesional, cordial y respetuoso en todo momento.

J. Atención a consultas, quejas y reclamaciones: El Banco, a través de su personal, abordará las consultas, quejas, reclamaciones, solicitudes o sugerencias presentadas por los clientes a través de los canales establecidos, con buena disposición y resolviéndolas oportunamente en el menor tiempo posible.

 

K. Información clara y completa: El BANGE, a través de sus empleados, proporcionará a sus clientes información clara, completa, relevante, confiable y oportuna sobre los productos, servicios, costos, comisiones y beneficios que estos generen, utilizando los medios disponibles.

L. Publicidad transparente: Los empleados del BANGE, en cumplimiento de la legislación vigente, velarán por asegurar que el contenido de la publicidad se adecue a los medios en los que se difunde, buscando claridad y transparencia, de acuerdo con la Política General de Seguridad de la Información correspondiente.

M. Satisfacción de las necesidades del cliente: En todo momento, el Banco velará por asegurar que sus productos y servicios satisfagan las necesidades de los clientes, operen de manera segura y confiable, y cumplan con lo presentado en las ofertas y publicidad.

  • BANGE, a través de su personal, abordará las consultas, quejas, reclamaciones, solicitudes o sugerencias que presenten sus clientes a través de los canales establecidos con buena disposición y resolviéndolas oportunamente en el menor tiempo posible.
  • BANGE, a través de sus empleados, suministrará a sus clientes información clara, completa, relevante, confiable y oportuna sobre los productos, servicios, costos, comisiones y beneficios que estos generen, a través de los medios disponibles.

5. APLICACIÓN DE LA POLÍTICA DE TRANSPARENCIA

En las relaciones con las Autoridades y Reguladores Nacionales como internacionales, nuestros clientes, los proveedores, censores de cuentas y los grupos de interés (accionistas), la transparencia es parte de la filosofía de nuestra administración, un instrumento que hace posible la comunicación entre todos de manera transparente y fiable, lo que le confiere un valor inestimable que asegura su progreso. Sin perjuicio de lo señalado, ser transparente no significa decir todo, mostrar todo, no importa cómo ni a quién. También el secreto y la confidencialidad son valores ciertos que es necesario saber administrar.

Requisitos para que la información sea transparente: a. Clara: de fácil comprensión b. Completa: que abarque todas las condiciones c. Relevante: necesaria e importante para la toma de buenas decisiones d. Fiable: fiel a la realidad e. Comparable: que se pueda cotejar con la información global presentada por otros bancos y/o Órganos Supervisores. f. Oportuna: para la toma de la decisión final g. Fácil acceso: disponible a través de varios canales y de manera gratuita.

Esta política de Transparencia será útil principalmente en nuestra relación con:

a) Nuestros accionistas y administradores: La comunicación con los mismos, será en las juntas de accionistas y comités especializados contemplados en el manual de gobierno corporativo y Catálogo de Reuniones y comités a celebrar en BANGE, o cuando ellos lo soliciten expresamente. Con ellos, tenemos el compromiso y obligación de suministrarles información que sea; clara, completa, relevante, fiable, comparable y oportuna, todo ello con el objetivo de que sean capaces de tomar decisiones de manera segura.

b) Nuestros Clientes: La comunicación con los mismos, se desarrollará con un alto grado de profesionalismo, respeto, honestidad, oportunidad y amabilidad, siempre dentro del marco de las políticas y procedimientos del BANGE y del Código Ético con el fin de otorgar un servicio de alta calidad. Es una parte muy importante de nuestro compromiso de transparencia que toda comunicación a nuestros clientes cumpla con los principios antes definidos.

c) Con las Autoridades y entidades Reguladoras: En todo momento se tendrá una actitud de total cooperación con las Autoridades y las Entidades Reguladoras. Se trabajará constantemente en ser los primeros en responder ante cualquier requerimiento de información por parte de las autoridades y Entidades Reguladoras, siendo siempre nuestra prioridad dar una respuesta completa, veraz y oportuna.

d) Con los Proveedores: En cuanto a nuestros Proveedores, se ha establecido una estricta política de imparcialidad, libre de favoritismos, privilegiando siempre el interés comercial y patrimonial de BANGE. Nuestros proveedores deberán estar dispuestos a ceñirse a los estándares de Transparencia y políticas del Banco. Sin perjuicio de ello, toda oferta de proveedores será sometida periódicamente a controles internos.

  • Con los Censores Jurados de Cuentas: Con nuestros censores jurados de cuentas, tenemos el compromiso y la obligación de suministrarles, en todo momento que ellos lo requieran, información que sea clara, completa, relevante, fiable y comparable. Esto tiene como objetivo permitir que los censores tengan una imagen real de la entidad y puedan emitir un juicio y certificar de manera fiable y libre de errores las cuentas e información financiera del banco.
  • En las relaciones interpersonales entre los empleados: La transparencia en el interior del Banco la concebimos como un valor organizacional a desarrollar entre nosotros, de manera que se genere una cultura que sea percibida por nuestros clientes y apreciada por nuestros empleados, y que se evidencie en prácticas y conductas orientadas a la honestidad y a la transparencia. Ellos constituyen la forma en la que llegaremos a nuestros clientes, ya que son quienes diseñan y aplican los procesos y mantienen las relaciones directas con estos últimos.

6. INSTRUMENTOS DE LA POLÍTICA DE TRANSPARENCIA

Para la correcta implementación de esta política, esta institución contará con una serie de instrumentos que servirán de apoyo.

  • La página web: Es el principal portal de divulgación de información institucional. Allí estará disponible la información institucional de esta entidad, respetando en todo momento la no divulgación de información o datos que puedan comprometer la actividad de este banco. En el campo de “política de transparencia” de la página web, se fijará este documento y cada vez que este sea revisado o actualizado, se hará lo mismo en la red.
Tema Contenido mínimo
Como Nacimos Fecha de creación, capital inicial, breve reseñas históricas de la entidad
Objeto Social Misión, visión y principios
Órganos de Gobierno Estructura organizativa de la entidad, organigrama
Políticas Documento actualizado
Información general Direcciones, teléfonos, correo electrónico, correo de atención al cliente
Normas internas Políticas de transparencia. Código Ético de BANGE
Información financiera Datos financieros resumidos actualizados
Informes Informes anuales de gestión
Continuidad del Negocio Breve resumen sobre los: Planes de continuidad y recuperación en caso de desastre, Modelo de continuidad de negocio en BANGE, y sobre las pruebas de los planes
Cumplimiento Normativo Políticas Anti blanqueo, KYC empresas y particulares, Wolfsberg BANGE AML, W-8BEN-E, Canal de Denuncias
Reconocimientos obtenidos Premios y reconocimientos obtenidos por la actividad
Productos y servicios Catálogos de productos y servicios ofertados por la entidad
Noticias sobre la entidad Encuentros, conferencias, acuerdos, participación en encuentros internacionales y celebraciones de actos festivos
Presentación Corporativa
Reglamentos Reglamentos de los distintos Comités de BANGE

b) Comités y reuniones:

  • Sera la vía principal donde se intercambian datos e información relacionada con la gestión de la entidad.
  • La asistencia a los mismos está recogida en el manual de gobierno corporativo y en el Catálogo de Reuniones y Comités a Celebrar en BANGE.
  • Con los mismos se consigue que todo el personal maneje el mismo nivel de información.

c) Junta de Accionistas, Consejo de Administración (y comités especializados):

  • Supondrán un instrumento muy importante para mantener actualizada y debidamente informado a nuestros accionistas y administradores.
  • Los temas a tratar y los asistentes a los mismos vendrán determinados en el Manual de Gobierno Corporativo y en el Catálogo de Reuniones y Comités a Celebrar en BANGE.

d) Presentación de cuentas ante Instituciones Públicas del país:

  • Cada año, entre los meses de abril y mayo, esta entidad presenta sus cuentas anuales al Ministerio de Hacienda, Economía y Planificación.

e) News letter:

  • Es un Boletín de Noticias, principalmente digital, que se distribuye o envía por correo electrónico periódicamente.
  • Con él logramos que nuestros clientes y los no clientes se informen de las novedades, reactivación de productos, descuentos, educación financiera y demás actividades que realiza nuestra institución financiera.
  • En BANGE imprimimos nuestro boletín de noticias para que el contenido del mismo llegue a más lectores, ya sean nacionales como internacionales, sobre todo a personas residentes en Guinea Ecuatorial que no tienen acceso a las TIC.

7. RESPONSABILIDADES

  1. Aprobación y Supervisión: En cumplimiento con el Reglamento COBAC R-2016/04 relativo al Control Interno, es el Consejo de Administración quien tiene la facultad de aprobar la política de transparencia. La supervisión y aplicación de la misma son competencia de la Dirección General.
  2. Metas y Recursos: Los objetivos y principios de esta política tendrán que formar parte de las metas y actividades del banco en todos sus niveles. Se dispondrá de todos los recursos necesarios para la correcta aplicación de esta política en todas las facetas de la organización. Dentro de esta entidad contamos con personal cualificado para impartir asesoramiento en esta materia.
  3. Revisión y Control de Calidad: La política de transparencia será sometida a un proceso continuo de revisión interna y control de calidad. Permanece siempre abierta a los comentarios del público. Está prevista una revisión formal anual, o bien, cuando existan cambios en los reglamentos y leyes relacionados con la protección de datos que requieran una armonización de la presente política. Cualquier otro cambio que esta entidad juzgue necesario y apropiado será también considerado.

8. REVISIÓN Y ACTUALIZACIÓN DE LA POLÍTICA:

  • La presente política será evaluada para identificar actualizaciones normativas que puedan implicar cambios en la misma.
  • Dichos cambios serán aprobados por el Comité de Dirección.

Espero que esta presentación con negritas y títulos sea de tu agrado. Si tienes alguna otra solicitud o necesitas más ayuda, estaré encantado de asistirte.

Política de Calidad BANGE

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