- Función de cumplimiento
- La función de cumplimiento en el BANGE está a cargo de la gestión del riesgo de cumplimiento que de acuerdo con la definición del Bank of International Settlements (BIS) sería “el riesgo a sanciones legales o normativas, pérdida financiera material, o de la reputación que un banco puede sufrir como resultado de su incapacidad para cumplir con las leyes, reglamentos, normas, estándares de organización de autorregulación relacionados, y los códigos de conducta aplicables a sus actividades bancarias “.
El mandato de cumplimiento común en BANGE cubre las siguientes normativas:
- Conducta en los mercados
- Tratamiento de conflictos de interés
- Prevención de blanqueo de Capitales y Financiación al Terrorismo
- Protección personal de datos
De acuerdo con las mejores prácticas internacionales y con el fin de gestionar eficazmente el riesgo de cumplimiento, la Función de Cumplimiento se ha desarrollado implantando un modelo de gestión del riesgo de cumplimiento interno, la cual define la forma en que los riesgos se gestionan, y los elementos necesarios para la mitigación de éstos (políticas y procedimientos, herramientas, supervisión, formación…).
Como institución financiera regulada y de acuerdo con sus estatutos, el desarrollo de la Función de Cumplimiento es continuamente monitoreada por los órganos de control pertinentes, así como, por los altos Directivos y el Consejo de Administración.
- Prevención del Blanqueo de capitales
- La Prevención del Blanqueo de Capitales y Financiación del Terrorismo (en adelante, conjuntamente Prevención del Blanqueo de Capitales) constituye, sobre todo, un objetivo prioritario que BANGE asocia a su compromiso de favorecer y preservar el bienestar de las diferentes comunidades en las que opera.
Con esta política BANGE garantiza que sus productos y servicios no se utilicen con fines ilícitos, asimismo constituye un requisito esencial para la salvaguardar su Integridad Corporativa, y por lo tanto uno de sus principales activos, es decir, la confianza de la gente y las instituciones base con las que trata día a día (clientes, empleados, accionistas, proveedores, etc.).
Para lograr los dos objetivos anteriores, BANGE ha adoptado un modelo de gestión del Riesgo de Lavado de Dinero y Financiación del Terrorismo. Este modelo no sólo tiene en cuenta la normativa sobre prevención del blanqueo de dinero en las jurisdicciones en las que opera BANGE, sino que también incorpora las mejores prácticas de la industria financiera internacional al respecto, así como las recomendaciones emitidas por organismos internacionales como GAFI (Grupo Acción Financiera Internacional).
Este Modelo está compuesto de los siguientes elementos:
- Una estructura organizativa de los recursos necesarios para administrar esta función y una asignación clara de las responsabilidades atribuibles a cada unidad.
- Un cuerpo normativo que determina las obligaciones y cuidados requeridos en esta esfera; cobran una importancia particular las referidas a “Know Your Costumer” (KYC).
- La implementación de medidas de seguimiento a los clientes, con el objetivo de identificar posibles actividades sospechosas y garantizar que se informa a las autoridades competentes.
- La ejecución de los planes de comunicación y formación para los empleados. Estos planes están diseñados de acuerdo con el riesgo que puede surgir en base al nivel de exposición al lavado de dinero. Su objetivo es mantener un nivel adecuado de sensibilidad y proporciona la capacidad necesaria para cumplir con la ley aplicable.
- Por último, la necesidad de una revisión independiente, con el fin de verificar y comprobar la aplicación y eficacia del resto de los elementos del modelo de una forma independiente.
Modelo de Política de Gestión de Conflictos de Intereses
Política Privacidad y Protección Datos BANGE